
La Comunidad de Madrid ha decidido desestimar y archivar la solicitud presentada por una plataforma de vecinos de Campodón, una urbanización en Alcorcón, que buscaba formalmente la segregación de esta área para su integración en el municipio vecino de Villaviciosa de Odón.
Según la resolución emitida por la Dirección General de Reequilibrio Territorial, se concluye que la solicitud no cumple con los requisitos establecidos por la Ley de Administración Local de la Comunidad de Madrid. La petición, que se inició el 9 de marzo bajo el lema “¡Vamos a Villaviciosa Ya!”, se basaba en el Artículo 17 de la mencionada ley, el cual permite la modificación de los límites municipales siempre que se satisfagan ciertos criterios.
Para llevar a cabo esta solicitud, los residentes necesitaban el respaldo de al menos un tercio de los empadronados en Campodón, cifra que equivale a alrededor de 330 de los más de 1,000 habitantes del barrio. Una vez alcanzado este apoyo, solicitaron formalmente a la Comunidad que se iniciara el expediente para la segregación. Inicialmente, se acordó abrir el expediente al considerar que existía una unidad física y funcional entre Campodón y Villaviciosa de Odón, así como una mejora en la prestación de servicios municipales.
La Dirección General trasladó la propuesta a los ayuntamientos de Alcorcón y Villaviciosa de Odón para solicitar sus informes, y también pidió un análisis técnico al Centro Regional de Información Geográfica. Sin embargo, en abril, se requirió a la plataforma vecinal que subsanara ciertos requisitos establecidos en el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, dándoles un plazo de diez días para hacerlo. Esta solicitud incluía la formalización de una comisión promotora vecinal y la presentación de la documentación necesaria para continuar con el expediente.
Al no presentar la información requerida dentro del plazo estipulado, se concluyó que la solicitud no cumplía con los criterios legales, lo que llevó al archivo del procedimiento. A pesar de esta decisión, la resolución indica que los promotores tienen la opción de reiniciar el proceso siempre que presenten la documentación adecuada. Además, los interesados pueden interponer un recurso de alzada ante el Viceconsejero de Presidencia y Administración Local o ante el Director General de Reequilibrio Territorial en un plazo de un mes.
